Te ayudamos a conseguir tu plaza de Celador y así poder desarrollar tu trabajo en cualquier centro público de la Comunidad de Madrid (Hospitales, Centros de Atención Primaria, etc.)

A continuación os detallamos los requisitos que debéis cumplir para poder acceder al proceso selectivo de celador del SERMAS.

Recordad que deben estar acreditados a la fecha de cierre del plazo de presentación y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión de vuestra plaza.

  1. Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa establecida en el Estatuto Marco.
  2. Tener la nacionalidad española o
    • Ser nacional de algún otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo
    • Ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
    • También podrá participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales a que se refiere el párrafo anterior, siempre que no esté separado de derecho
      • igualmente, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
  3. Estar en posesión del Certificado de Escolaridad (ESO) o equivalente
  4. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones
  5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los términos y durante el plazo que se establezca en la legislación que le fuera de aplicación, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución judicial
  6. No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa
  7. De conformidad con el artículo 13, párrafo 5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos
  8. Quienes concurran por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, con efectos del último día del plazo de presentación de solicitudes
  9. Haber abonado la tasa por derechos de examen, salvo encontrarse en alguno de los supuestos de exención de la misma, conforme a dicha base

A continuación os detallamos los requisitos que debéis cumplir para poder acceder al proceso selectivo de celador del SERMAS.

Recordad que deben estar acreditados a la fecha de cierre del plazo de presentación y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión de vuestra plaza.

  1. Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa establecida en el Estatuto Marco.
  2. Tener la nacionalidad española o
    • Ser nacional de algún otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo
    • Ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
    • También podrá participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales a que se refiere el párrafo anterior, siempre que no esté separado de derecho
      • igualmente, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
  3. Estar en posesión del Certificado de Escolaridad (ESO) o equivalente
  4. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones
  5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los términos y durante el plazo que se establezca en la legislación que le fuera de aplicación, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución judicial
  6. No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa
  7. De conformidad con el artículo 13, párrafo 5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos
  8. Quienes concurran por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán tener reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, con efectos del último día del plazo de presentación de solicitudes
  9. Haber abonado la tasa por derechos de examen, salvo encontrarse en alguno de los supuestos de exención de la misma, conforme a dicha base

¿Cómo se estructura el proceso selectivo de Celadores del SERMAS?

El proceso selectivo de celadores y celadoras del SERMAS se resolverá mediante el sistema de concurso-oposición. Esto significa que consta de dos fases consecutivas, siendo la primera obligatoria y eliminatoria.

  1. Fase de oposición. Consiste en 1 ejercicio único tipo test de 60 preguntas. Tendréis 90 minutos para resolverlo
  2. Fase de concurso. Se valorarán los méritos alegados por los aspirantes

En este Servicio de Salud existe, también un sistema de bolsa de empleo temporal, a las que podéis acceder todas las personas que hayáis participado en el proceso selectivo.

TEMARIO CELADOR

El derecho a la protección de la salud en la Constitución Española de 1978. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. La Asamblea, el Presidente y el Gobierno. La Administración Autonómica: Organización y estructura básica de las Consejerías.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. El Sistema Nacional de Salud y los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas. El Área de Salud.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Las modalidades de la asistencia sanitaria. La atención primaria de la salud, equipos de atención primaria, el centro de salud. La asistencia hospitalaria. El área sanitaria. Los hospitales y los centros de especialidades.

Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. Derecho y Deberes de los ciudadanos.

La ley 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género: Principios rectores, medidas de sensibilización, prevención y detección en el ámbito sanitario. Derechos de las funcionarias públicas. Ley 5/2005, de 20 de diciembre, integral contra la violencia de género de la Comunidad de Madrid. Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Objeto y ámbito de la ley. Integración del principio de igualdad en la política de salud. Modificaciones de la Ley General de Sanidad. Ley 3/2016, de 22 de julio, de protección integral contra la LGTBfobia y la discriminación por razón de orientación en identidad sexual en la Comunidad de Madrid.

Ley 11/2017, de 22 de diciembre, de Buen gobierno y Profesionalización de la gestión de los centros y organizaciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud.

Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. El derecho de información sanitaria. El derecho a la intimidad. El respeto a la autonomía del paciente. La historia clínica. El consentimiento informado. La tarjeta sanitaria.

Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud:
Clasificación del personal. Derechos y deberes. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario. Régimen disciplinario.

Prevención de riesgos laborales. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos laborales: derechos y obligaciones; consulta y participación de los trabajadores. Prevención de riesgos
laborales específicos de la categoría. Especial referencia a la manipulación manual de cargas y al riesgo biológico, medidas de prevención. Ergonomía: métodos de movilización de enfermos e incapacitados.

Funciones del Celador y del jefe de Personal Subalterno. Funciones de vigilancia. Su relación con los familiares de los enfermos. Funciones de asistencia al personal sanitario facultativo y no facultativo.

Unidades de competencia previstas en el Real Decreto 1790/2011, de 16 de diciembre: El celador en las Unidades de Hospitalización, en el Bloque Quirúrgico, en Cuidados Intensivos, en Urgencias, en Unidades Psiquiátricas

El celador en su puesto de trabajo, funciones y relación con el paciente y usuarios: El celador en Atención Primaria, en el área de consultas externas y Servicios Centrales.

El trabajo en equipo. El celador como integrante de los equipos de trabajo del Sistema Sanitario. Habilidades sociales y comunicación. La comunicación como herramienta de trabajo. Estilos de comunicación. Posiciones anatómicas básicas

Unidades de competencia previstas en el Real Decreto 1790/2011, de 16 de diciembre:

El celador en la recepción y almacenamiento de mercancía. Organización del almacén y distribución de pedidos. El celador en Farmacia, Mortuorio y sala de autopsias y en el resto de puestos de trabajo.

Unidades de competencia previstas en el Real Decreto 1790/2011, de 16 de diciembre:

Movilización y traslado de pacientes. Técnicas de movilización. Traslado del paciente encamado, en camilla y en silla de ruedas.

Manejo y traslado de la documentación clínica. La confidencialidad de la historia clínica. Unidades de competencia previstas en el Real Decreto 1790/2011, de 16 de diciembre: El traslado de documentos y objetos.

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